domingo, 22 de mayo de 2011

ARTÍCULO 4o. ÁMBITO DE APLICACIÓN. El presente código se aplica a todos los niños, las niñas y los adolescentes nacionales o extranjeros que se encuentren en el territorio nacional, a los nacionales que se encuentren fuera del país y a aquellos con doble nacionalidad, cuando una de ellas sea la colombiana.PUES EN ESTE ARTICULO NOS EXPLICA COMO UNA NIÑA,NIÑO Y ADOLESCENTE TIENE DERECHO A ESTAR EN SUPAIR Y HACI SALGAN TAMBIEN

No hay comentarios:

Publicar un comentario