domingo, 22 de mayo de 2011

ARTÍCULO 19. DERECHO A LA REHABILITACIÓN Y LA RESOCIALIZACIÓN. Los niños, las niñas y los adolescentes que hayan cometido una infracción a la ley tienen derecho a la rehabilitación y resocialización, mediante planes y programas garantizados por el Estado e implementados por las instituciones y organizaciones que este determine en desarrollo de las correspondientes políticas públicas. PUES EN ESTE CAPITULO NOS PLANTEA TODO LO QUE TIENE QUE VER CON LAS INFRACCIONES DE LA LEY Y LAS REHABILITACIONES

No hay comentarios:

Publicar un comentario